Volvemos a contar en este blog con la colaboración de Marta García Tascón, David Blanco Luengo y Julio Ángel Herrador Sánchez, Facultad de Ciencias del Deporte (UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE-SEVILLA) y Antonio González (TUTIGOOL) , esta vez para determinar la prevención de accidentes en menores con equipamientos deportivos.
Desde el año 2000 los accidentes infantiles en instalaciones y con
equipamientos deportivos han causado graves lesiones a menores con
consecuencias oscilan desde leves hasta niños que se han quedado con un 96% de
discapacidad. La cifra más trágica la encontramos en los 16 menores que en este
periodo han fallecido en España, a causa de accidentes con equipamientos deportivos,
sobre todo porterías y canastas (Gavilán, 2011).
Ante esta triste realidad podemos actuar de diferentes formas o maneras,
pero lo único que no podemos ejercer es la pasividad, puesto que se suceden 1-2
accidentes al mes con equipamientos deportivos; pero de éstos no tenemos registro, a no ser que sea un suceso, y
por tanto, habrá que crearlo al igual que el protocolo de actuación ante accidentes deportivos.
Todos tenemos claro los beneficios que aporta a un niño la práctica deportiva, ganando en salud,
desarrollo físico y psíquico, aprendizaje social, etc., beneficios que se
quedan en nada si la instalación y el equipamiento no le ofrece la seguridad necesaria que se requiere
para la práctica y para sus necesidades y características. Características como
que los niños no son conscientes del riesgo, por lo que somos los adultos los
que debemos proporcionar la prevención primero y la educación preventiva después para conseguir la cultura de
autoprotección tan necesaria para el presente y el futuro de la sociedad.
La Directiva europea 2001/95/CE del parlamento
europeo y del consejo, de 3 de diciembre de 2001 relativa a la seguridad
general de los productos y el REAL
DECRETO 1801/2003 DE SEGURIDAD EN
LOS PRODUCTOS, donde indica del deber general de no lesionar ni poner en
peligro la salud y la integridad física de las personas es una pieza clave
donde el artículo 51 ordena a los poderes públicos la protección, mediante
procedimientos eficaces, de la seguridad y salud de aquéllos.
Muchas de las lesiones y
accidentes que ocurren en las instalaciones y con los equipamientos deportivos,
se deben a que no se encuentran en las condiciones adecuadas o se les da un uso
inadecuado (Gómez-Calvo, 2009), y por tanto da como resultado la sucesión de
acontecimientos o accidentes trágicos, donde la sociedad en general, y los
agentes responsables y directos en particular (políticos, educadores,
organizaciones sindicales, Ayuntamientos, constructores, empresas y fabricantes
de equipamientos, compañías aseguradoras, etc.) todavía no tienen la suficiente
sensibilidad para adoptar las medidas
necesarias para que no vuelvan a ocurrir o al menos, minimizar estos
hechos.
Este decálogo pretende en primer lugar una concienciación y
sensibilización hacia las familias y los profesionales, y posteriormente la
transmisión de los adultos a los niños a medida que su desarrollo cognitivo así
lo permita, sirva para detectar los riesgos y
por supuesto implantar todas las medidas necesarias para ofrecer las
soluciones más efectivas a los defectos encontrados, mejorando la seguridad de
los elementos pasivos (instalaciones y equipamientos) además de adoptar las conductas preventivas adecuadas para el
desarrollo de la actividad con seguridad, de la misma forma que se previenen
lesiones derivadas del esfuerzo físico, también debemos cuidar aquellas que nos
acompañan en el espacio donde se lleva a cabo la práctica deportiva.
Nota: SE RECOMIENDA LA PRESENCIA PERMANENTE DE ADULTOS QUE SUPERVISEN EL USO RESPONSABLE Y ADECUADO DEL EQUIPAMIENTO (José Luis Gómez Calvo)
1- Distancia de seguridad
Entre el espacio deportivo (de juego) y cualquier elemento que afecte a la seguridad del usuario (ej. Banquillo, otro equipamiento, etc.) deben existir al menos 1-2m de separación(*).
(*)Normas NIDE 2013. Normas Reglamentarias.
2- Elementos lesivos
Los equipamientos de la instalación deportiva deben ser elementos exentos de riesgos como: roturas, esquinas, bordes o aristas, astillamientos, oxidaciones y atrapamientos.
3- Canastas y postes de voleibol
Evitar el uso de contrapesos peligrosos y usar protecciones que minimicen las consecuencias del impacto en todo momento.
4- Porterías
Deben garantizar la estabilidad y seguridad del equipamiento deportivo incluso cuando no estén en uso.
5- Pavimento
Debe ser continuo, uniforme, sin oquedades, sin reflejos y con orientación Norte-Sur.
6- Redes
El hilo de las redes debe superar los 2mm. de grosor para evitar cortes.
7- Antivuelco de riesgo
Se deben utilizar siempre aquellos sistemas antivuelco homologados y patentados, evitando la manipulación de estos sistemas en todo momento.
8- Vida útil del producto
Se debe cumplir el Real Decreto 1801:2003. Se debe identificar el fabricante mediante el etiquetado correspondiente según norma.
9- Emergencias
Siempre debe haber una persona con conocimientos en Primeros Auxilios(*), así como debe existir un protocolo de actuación en caso de accidente deportivo.
(*)RCP (reanimación cardiopulmonar), Maniobra de Heimlich y uso del Desfibrilador.
10- Valores
La práctica deportiva incluye la adquisición de hábitos de autoprotección y de valores así como del fomento del cuidado y buen uso del material deportivo. Ningún adulto debe perturbar el desarrollo del menor por acciones violentas ya sean físicas o verbales.
NOTA
Todas estas recomendaciones deben considerarse en cualquier instalación deportiva, cada uno de los puntos son importantes, como importante es denunciar los riesgos para que se tomen medidas efectivas de seguridad: no te quedes inmune ante un inminente accidente infantil, ¡por tus hijos y por todos sus compañeros!
Texto: Marta García Tascón, David Blanco Luengo y
Julio Ángel Herrador Sánchez, Facultad de Ciencias del Deporte (UNIVERSIDAD
PABLO DE OLAVIDE-SEVILLA), Antonio González (TUTIGOOL) y José Luís Gómez Calvo
(Director Seguridad Empresas. Analista de riesgos)
Infografía: Mª Ángeles Miranda. ASOCIACIÓN NACIONAL DE
SEGURIDAD INFANTIL. Permitida la difusión total o parcial siempre citando a la fuente.
Más información en “Revisión
de estudios e investigaciones sobre la prevención de accidentes y lesiones en
educación física: propuestas y medidas para minimizar o evitar riesgos”.
Disponible en: http://emasf.webcindario.com/Revision_de_estudios_e_investigaciones_sobre_la_prevencion_de_accidentes_y_lesiones_en_EF.pdf
Referencias bibliográficas
Directiva
Europea 2001/95/CE, de 3 de diciembre de 2001 relativa a la seguridad general
de los productos y tutela de la salud
pública. Recuperado de:
Gavilán, F. (2011, 1 de marzo). Un total de 16 menores
han muerto por la caída de una canasta o portería en España. Ideal.es.
Recuperado de http://www.ideal.es/granada/20110302/local/almeria/total-menores-muerto-caida-201103012247.html.
Gómez-Calvo, J. L. (2009). Seguridad de usuarios
en instalaciones deportivas. Instalaciones
deportiva XXI, 159, 70-72.
Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de
los productos. «BOE» núm. 9, de 10
de enero de 2004, páginas 906 a 916. Disponible en https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2004-511
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